Introducción
En este marco, el objetivo de este Código de conducta de Buenas Prácticas es promover una actitud de responsabilidad por parte de los vendedores, compradores y demás intervinientes en el proceso de compra de estos Inmuebles.
El Código de conducta de Buenas Prácticas tiene por objeto establecer una serie de medidas y directrices para una correcta actuación por parte de cualquier potencial comprador para adquirir cualquier tipo de inmueble, ya sea “libre de ocupantes y arrendatarios” y/o “sin posesión por terceros”: ocupados y/o alquilados/en rentabilidad.
El Comprador/es aceptan expresamente los presentes Términos y Condiciones para adherirse al Código de Buenas Prácticas, así como de forma voluntaria a adoptar las directrices que a continuación se detallan:
Dirigido a compradores que quieran adquirir inmuebles “sin posesión por terceros”
Ocupados y/o alquilados/en rentabilidad
Estos Inmuebles sin posesión y su situación ocupacional estarán identificados expresamente en los propios anuncios de la Plataforma Digital www.marciaconsultoria.com
1. Visita al Inmueble
El Comprador/es reconocen aceptar que no podrán realizar visitas físicas al Inmueble a adquirir.
2. Comunicación con el tercero ocupante
Cualquier intento de comunicación que El Comprador/es quiera realizar con el tercero ocupante y/o arrendatario del Inmueble solo podrá llevarse a cabo una vez que aquel sea propietario del mismo. Es decir, una vez lo haya adquirido el inmueble una vez formalizada la escritura pública de compraventa.
3. Proceso de desocupación del Inmueble
Será de cuenta del Comprador/es los trámites, gestiones y costes que conlleven la desocupación del Inmueble para recuperar la posesión de este. Dichos trámites solo podrán iniciarse una vez formalizada la escritura pública de compraventa.
La desocupación del inmueble se realizará atendiendo a principios de buena fe, legalidad, responsabilidad social y no se realizarán mediante acciones o coacciones que puedan constituirse como ilícitos.
4. Procesos de financiación
El Comprador/es reconocen y acepta tener conocimiento de los impedimentos para que el inmueble en este tipo de situaciones no pueda ser visitado libremente por los técnicos que impiden su tasación oficial conforme a la orden ECO/805/2003, de 27 de Marzo. Por lo que el inmueble mientras perdure tal situación no podrá ser hipotecado. En consecuencia, no podrá constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse.
El caso de que El Comprador/es consiga una tasación oficial sin ser visitado el inmueble físicamente para constituirse financiación hipotecaria acepta que será el responsable de tal actuación y de los prejuicios económicos que le hayan supuesto con independencia de la resolución de esta.
5. Transmisión, estado ocupacional y físico de los Inmuebles
El Comprador/es reconocen aceptar la transmisión del inmueble por terceros sin título justo, subrogándose y aceptando el estado de ocupación que corresponda en cada caso “Ocupados” y/o “alquilados en rentabilidad”. Así como, aceptando el estado físico en el que adquiera el inmueble. Adquiriendo, por lo tanto, como cuerpo cierto.
El vendedor no responde ni de la solvencia del arrendamiento, ni de las condiciones del contrato de arrendamiento en el que se subrogará el adquiriente, del estado de ocupación, así como del estado del inmueble.
Dirigido a compradores que quieran adquirir inmuebles “con posesión”
Libre de ocupantes y arrendatarios
Estos Inmuebles con posesión no tendrán ninguna identificación especial salvo las descripciones generales, características, identificación, uso, así como cualquier otro tipo de identificación que se especifique por cada uno de ellos y serán detallados en los propios anuncios de la Plataforma Digital www.marciaconsultoria.com
1. Visita al Inmueble
El Comprador/es reconocen aceptar que realiza visita física al Inmueble a adquirir previo a realizar cualquier oferta y/o adquisición. Pudiendo, autorizar a terceros expresamente para tal fin.
2. Procesos de financiación
El Comprador/es reconocen y acepta que en el caso que necesite financiación, será el responsable de la solicitud y actuación de la tasación oficial y de los prejuicios económicos que le supongan con independencia de la resolución de esta conforme a la orden ECO/805/2003, de 27 de Marzo
3. Transmisión y estado físico de los Inmuebles
El Comprador/es reconocen aceptar la transmisión del inmueble en el estado físico que adquiere este. Adquiriendo, por lo tanto, como cuerpo cierto.
Todos los inmuebles se transmitirán libre de cargas y listos para su transmisión
Responsabilidades y obligaciones
Así mismo, el comprador se compromete a no realizar ninguna gestión inmobiliaria encaminada por sí mismo, por medio de apoderado, o por conducto de terceras personas físicas y/o jurídicas de los inmuebles presentados por mediación de Marcia Consultoría Inmobiliaria. De la misma manera, se prohíbe expresamente a poner la información de la que se dispone a disposición de terceros, sean contactos personales o profesionales en línea directa y/o colateral.
El comprador indemnizará a Marcia Consultoría Inmobiliaria por todas las responsabilidades, costes y gastos que sufra o en los que incurra Marcia Consultoría Inmobiliaria como consecuencia de cualquier incumplimiento o falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, declaradas por un tribunal en cualquier sentencia firme.
Las obligaciones de confidencialidad y las indemnizaciones aplicables en caso de incumplimiento por parte del Destinatario de dicha obligación se aplicarán durante un periodo de dieciocho (18) meses desde la fecha del presente acuerdo.
El Vendedor será responsable de la veracidad, autenticidad, legitimidad, precisión de la información, documentación y de la información sobre la situación física y legal del Inmueble que es presentada mediante nuestra Plataforma Digital, telemática y/o documentalmente, por lo que Marcia Consultoría no asume ninguna responsabilidad en caso de que la información y/o documentación de los bienes objeto de la venta digital contenga errores o inexactitudes.